El Concejo Deliberante de Rio Ceballos aprobó de manera unánime, en primera lectura, el llamado a Licitación Pública para el servicio de transporte urbano de pasajeros de nuestra ciudad, presentado por el DEM.
En tal sentido los ediles informan que se realizará el día 22 de julio la Audiencia Pública correspondiente para la aprobación en segunda lectura. La Audiencia fué citada a la hora 20 en la sede del Concejo.
Consideraciones del edil Baldassi
El proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, esta de acuerdo a nuestra legislación particular, ya que la contratación de servicios públicos debe ser encuadrada dentro de los preceptos que rigen la licitación publica.-
Creo que la importancia del proyecto hubiera merecido contar con el mayor tiempo suficiente como para poder analizar en profundidad el mismo, pero debido a que considero como el servicio esencial para muchos de nuestros vecinos, el cual no puede dejar de prestarse y conociendo los tiempos necesarios para su aprobación en el Concejo, luego de la realización de la Audiencia Publica, como así también los tiempos de la Administración Municipal para poner en funcionamiento todos los mecanismos de la licitación publica, hace que este bloque acompañe en primera lectura la aprobación del proyecto, no sin antes dejar expresada las siguientes consideraciones, que seguramente serán debatidas en las necesarias reuniones de comisión.
Tal como lo exprese al momento de conocer la decisión, me importo tomar conocimiento que podía ocurrir con el personal que actualmente se desempeña en la empresa Intercordoba, cuestión demasiado importante ya que son aproximadamente veinte las familias que dependen de la continuidad de su fuente laboral, pero luego de conocer en el Pliego de Condiciones Particulares, en el articulo N° 4 de las obligaciones del concesionario en el inciso e), se establece que deberá adecuarse al artículo vigésimo del Convenio Colectivo de Trabajo de A.O.I.T.A. ( Resolución N° 241/75 – Expediente N° 169.268/75 ) el cual expresa que en los casos que por caducidad de un servicio se le otorgue la línea a una nueva firma, ésta se hará cargo del personal, reconociéndole las condiciones de trabajo y derechos que tuvo en la firma anterior, por lo cual considero que estaría determinado y garantizado la continuidad laboral de nuestras familias vecinas.
Creo que lo mas significativo de este proyecto debería ser el tema del costo del boleto urbano, no se puede conocer, y creo que mas allá de la formula presentada en el proyecto, las empresas interesadas deberán presentarlo de acuerdo a lo establecido en el art. N° 8 del Pliego Particular, para luego ser comparado con un estudio similar que realizara la Secretaria de Economía Municipal. También sería necesario conocer como es el tema de los subsidios nacionales que reciben las empresas que prestan el servicio, como es el tramite, quienes deben informar, quien controla, y cuales son sus montos, ya que los mismos inciden en la tarifa y no encontré en el anexo de bases para el análisis, ninguna referencia a estos subsidios, los cuales todos conocemos la importancia en los montos.
En el pliego de condiciones particulares en el art. N° 3 expresa que el servicio deberá prestarse con un mínimo de diez unidades, discriminadas en las diferentes líneas, creo necesario saber como se discriminan en las mencionadas líneas, y si las unidades detalladas todas deben estar en permanente servicio, o alguna pueden estar para reemplazar alguna en caso de rotura.-
En el art. N° 4 en donde se establecen las obligaciones de la concesionaria creo que debería ser más explicito en lo respecta a que la empresa se obliga a trasladar sin cargo a los alumnos de nivel primario de Escuelas Publicas, y espero que también el municipio intervenga en la adjudicación de este derecho, ya que todos conocemos los inconvenientes y barreras que deben superar quienes pretenden contar con esta asistencia, creo que el estado municipal podría determinar vía reglamentaria, y a través del área que corresponda, el otorgamiento de un carnet municipal, que permita que con el solo hecho de exhibirlo y en el horario escolar, nuestros niños accedan a este beneficio.-
En el mismo art N° 4 se debería expresar que la empresa debe expender abonos con descuentos especiales de carácter nominativo e intransferible, con validez hasta el décimo día del mes siguiente al que fueron adquiridos bajo la denominación de Abono Docente, Abono Estudiantil con un descuento en ambos del 50 % sobre el precio total del pasaje autorizado, y Abono Obrero con un descuento del 30 % sobre el precio total del pasaje autorizado.-
Al igual que el pase libre para personas discapacitadas y sus acompañantes, voy a volver a mencionar que se podría establecer algún tipo de beneficio, para un sector de nuestra sociedad totalmente desprotegido, que son las personas jubiladas o pensionadas, quienes cobran una miseria, viven muchos bajo los índices de pobreza, padeciendo día a día, disminuyendo sus posibilidades de una mejor calidad de vida, ya que los permanentes aumentos de todos los productos, creo que castigan con mayor dureza a ellos, quienes, en algunos casos, no tienen ayuda de ningún familiar, y deben dejar la mitad de sus magros recursos en medicamentos, por lo que propongo, estableciendo creo en un acto de justicia, implementar el pase libre para aquellas personas mayores de 70, que perciban la jubilación o pensión mínima, como así también para aquellos abuelos que no tengan ingreso alguno, estableciéndose su instrumentación por vía reglamentaria el departamento ejecutivo municipal, con la participación de las asistentes sociales, este beneficio existe en la ciudad de Córdoba.-
En el art N° 5 donde se establecen los requisitos del parque automotor, si bien se establece en el Pliego General de Condiciones, creo que podría reiterarse que los vehículos deben estar registrados y patentados en la Municipalidad, y lo que considero que debe estar establecido, y que figuraba en los anteriores convenios y al servicio de transporte individual se le exige, es lo relativo a la Inspección Técnica Vehicular.-
En el art. N° 6 donde menciona que la empresa deberá acreditar fehacientemente su solvencia económica, me pregunto como se deberá comprobar, y que paso con las cauciones exigidas en convenios anteriores que garantizaban la efectiva prestación y cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de concesión y de la legislación municipal aplicable al servicio publico de transporte, que debía constituirse un fondo de garantía a la orden de la Autoridad de Aplicación por un importe equivalente al dos por ciento de cada unidad que preste el servicio, el cual podrá constituirse en efectivo, títulos oficiales, fianza bancaria o seguro de caución.
Pero lo más sustancial que quiero remarcar es que no se ha establecido nada con respecto al canon que debiera abonar el concesionario, como tampoco lo referido a sanciones y multas de acuerdo a la gravedad de la misma, su reiteración, grado de afectación al servicio y otras causales, cuestiones que estaban contempladas en convenios aprobados anteriormente, y no se cual es el motivo por el cual no se expresan.-
Por ultimo quiero expresar cuestiones planteadas en otra oportunidad por este bloque, y son algunos solicitadas por vecinos como por ejemplo una mayor frecuencia a la zona de Villa Los Altos, el reclamo de los vecinos del barrio San Jorge en la Quebrada, y que los servicios de Colanchanga lleguen todos a la rotonda, y otras que surgen de los comentarios de los usuarios como por ejemplo conocer los horarios de prestación de cada línea a través de publicidad, de un mayor control del municipio en cuanto al estado general y la limpieza de los vehículos, y algunas que considero que deben implementarse como es la impresión de los boletos a través del municipio lo que permitiría lograr un eficiente contralor, que la empresa no debería tener deuda en lo que respecta a los vehículos y la actividad comercial, y como el municipio podría garantizar a los usuarios un sistema de servicio mínimo cuando se determinan paros por reclamos laborales, que logran perjudicar a quienes necesitan ser trasladados para cumplir con sus obligaciones, y el estado municipal es un convidado de piedra, ya que ni siquiera esta previsto alguna sanción que posibilite la modificación de esta situación.-
Por todo lo expresado, actuando con responsabilidad y considerando la necesidad de preservar el mantenimiento de un servicio esencial para nuestra ciudad, el cual muchas otras localidades no cuentan, la decisión de este bloque es acompañar en primera lectura el proyecto presentado, y solicitar las reuniones necesarios durante el tratamiento en comisiones con los funcionarios que correspondan, para poder expresar las observaciones e inquietudes presentadas.
Creo que la importancia del proyecto hubiera merecido contar con el mayor tiempo suficiente como para poder analizar en profundidad el mismo, pero debido a que considero como el servicio esencial para muchos de nuestros vecinos, el cual no puede dejar de prestarse y conociendo los tiempos necesarios para su aprobación en el Concejo, luego de la realización de la Audiencia Publica, como así también los tiempos de la Administración Municipal para poner en funcionamiento todos los mecanismos de la licitación publica, hace que este bloque acompañe en primera lectura la aprobación del proyecto, no sin antes dejar expresada las siguientes consideraciones, que seguramente serán debatidas en las necesarias reuniones de comisión.
Tal como lo exprese al momento de conocer la decisión, me importo tomar conocimiento que podía ocurrir con el personal que actualmente se desempeña en la empresa Intercordoba, cuestión demasiado importante ya que son aproximadamente veinte las familias que dependen de la continuidad de su fuente laboral, pero luego de conocer en el Pliego de Condiciones Particulares, en el articulo N° 4 de las obligaciones del concesionario en el inciso e), se establece que deberá adecuarse al artículo vigésimo del Convenio Colectivo de Trabajo de A.O.I.T.A. ( Resolución N° 241/75 – Expediente N° 169.268/75 ) el cual expresa que en los casos que por caducidad de un servicio se le otorgue la línea a una nueva firma, ésta se hará cargo del personal, reconociéndole las condiciones de trabajo y derechos que tuvo en la firma anterior, por lo cual considero que estaría determinado y garantizado la continuidad laboral de nuestras familias vecinas.
Creo que lo mas significativo de este proyecto debería ser el tema del costo del boleto urbano, no se puede conocer, y creo que mas allá de la formula presentada en el proyecto, las empresas interesadas deberán presentarlo de acuerdo a lo establecido en el art. N° 8 del Pliego Particular, para luego ser comparado con un estudio similar que realizara la Secretaria de Economía Municipal. También sería necesario conocer como es el tema de los subsidios nacionales que reciben las empresas que prestan el servicio, como es el tramite, quienes deben informar, quien controla, y cuales son sus montos, ya que los mismos inciden en la tarifa y no encontré en el anexo de bases para el análisis, ninguna referencia a estos subsidios, los cuales todos conocemos la importancia en los montos.
En el pliego de condiciones particulares en el art. N° 3 expresa que el servicio deberá prestarse con un mínimo de diez unidades, discriminadas en las diferentes líneas, creo necesario saber como se discriminan en las mencionadas líneas, y si las unidades detalladas todas deben estar en permanente servicio, o alguna pueden estar para reemplazar alguna en caso de rotura.-
En el art. N° 4 en donde se establecen las obligaciones de la concesionaria creo que debería ser más explicito en lo respecta a que la empresa se obliga a trasladar sin cargo a los alumnos de nivel primario de Escuelas Publicas, y espero que también el municipio intervenga en la adjudicación de este derecho, ya que todos conocemos los inconvenientes y barreras que deben superar quienes pretenden contar con esta asistencia, creo que el estado municipal podría determinar vía reglamentaria, y a través del área que corresponda, el otorgamiento de un carnet municipal, que permita que con el solo hecho de exhibirlo y en el horario escolar, nuestros niños accedan a este beneficio.-
En el mismo art N° 4 se debería expresar que la empresa debe expender abonos con descuentos especiales de carácter nominativo e intransferible, con validez hasta el décimo día del mes siguiente al que fueron adquiridos bajo la denominación de Abono Docente, Abono Estudiantil con un descuento en ambos del 50 % sobre el precio total del pasaje autorizado, y Abono Obrero con un descuento del 30 % sobre el precio total del pasaje autorizado.-
Al igual que el pase libre para personas discapacitadas y sus acompañantes, voy a volver a mencionar que se podría establecer algún tipo de beneficio, para un sector de nuestra sociedad totalmente desprotegido, que son las personas jubiladas o pensionadas, quienes cobran una miseria, viven muchos bajo los índices de pobreza, padeciendo día a día, disminuyendo sus posibilidades de una mejor calidad de vida, ya que los permanentes aumentos de todos los productos, creo que castigan con mayor dureza a ellos, quienes, en algunos casos, no tienen ayuda de ningún familiar, y deben dejar la mitad de sus magros recursos en medicamentos, por lo que propongo, estableciendo creo en un acto de justicia, implementar el pase libre para aquellas personas mayores de 70, que perciban la jubilación o pensión mínima, como así también para aquellos abuelos que no tengan ingreso alguno, estableciéndose su instrumentación por vía reglamentaria el departamento ejecutivo municipal, con la participación de las asistentes sociales, este beneficio existe en la ciudad de Córdoba.-
En el art N° 5 donde se establecen los requisitos del parque automotor, si bien se establece en el Pliego General de Condiciones, creo que podría reiterarse que los vehículos deben estar registrados y patentados en la Municipalidad, y lo que considero que debe estar establecido, y que figuraba en los anteriores convenios y al servicio de transporte individual se le exige, es lo relativo a la Inspección Técnica Vehicular.-
En el art. N° 6 donde menciona que la empresa deberá acreditar fehacientemente su solvencia económica, me pregunto como se deberá comprobar, y que paso con las cauciones exigidas en convenios anteriores que garantizaban la efectiva prestación y cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de concesión y de la legislación municipal aplicable al servicio publico de transporte, que debía constituirse un fondo de garantía a la orden de la Autoridad de Aplicación por un importe equivalente al dos por ciento de cada unidad que preste el servicio, el cual podrá constituirse en efectivo, títulos oficiales, fianza bancaria o seguro de caución.
Pero lo más sustancial que quiero remarcar es que no se ha establecido nada con respecto al canon que debiera abonar el concesionario, como tampoco lo referido a sanciones y multas de acuerdo a la gravedad de la misma, su reiteración, grado de afectación al servicio y otras causales, cuestiones que estaban contempladas en convenios aprobados anteriormente, y no se cual es el motivo por el cual no se expresan.-
Por ultimo quiero expresar cuestiones planteadas en otra oportunidad por este bloque, y son algunos solicitadas por vecinos como por ejemplo una mayor frecuencia a la zona de Villa Los Altos, el reclamo de los vecinos del barrio San Jorge en la Quebrada, y que los servicios de Colanchanga lleguen todos a la rotonda, y otras que surgen de los comentarios de los usuarios como por ejemplo conocer los horarios de prestación de cada línea a través de publicidad, de un mayor control del municipio en cuanto al estado general y la limpieza de los vehículos, y algunas que considero que deben implementarse como es la impresión de los boletos a través del municipio lo que permitiría lograr un eficiente contralor, que la empresa no debería tener deuda en lo que respecta a los vehículos y la actividad comercial, y como el municipio podría garantizar a los usuarios un sistema de servicio mínimo cuando se determinan paros por reclamos laborales, que logran perjudicar a quienes necesitan ser trasladados para cumplir con sus obligaciones, y el estado municipal es un convidado de piedra, ya que ni siquiera esta previsto alguna sanción que posibilite la modificación de esta situación.-
Por todo lo expresado, actuando con responsabilidad y considerando la necesidad de preservar el mantenimiento de un servicio esencial para nuestra ciudad, el cual muchas otras localidades no cuentan, la decisión de este bloque es acompañar en primera lectura el proyecto presentado, y solicitar las reuniones necesarios durante el tratamiento en comisiones con los funcionarios que correspondan, para poder expresar las observaciones e inquietudes presentadas.
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